Resolución de 30 de julio de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan instrucciones para el ejercicio del control financiero permanente.
BOE-A-2015-8938
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
§ Disposición adicional primera
Disposición adicional primera. Adaptación del contenido de la resolución.
La Intervención General de la Defensa y la Intervención General de la Seguridad Social, para la aplicación y adaptación de la presente resolución en su ámbito, dictarán las Instrucciones que contemplen sus particularidades.
§ Disposición adicional segunda
Disposición adicional segunda. Instrucciones de desarrollo.
La Oficina Nacional de Auditoría dictará las Instrucciones que considere necesarias para desarrollar lo dispuesto en esta resolución.
Disposición transitoria.
Hasta tanto se apruebe la norma técnica sobre los informes de control financiero permanente a que se refiere el apartado 2 de la instrucción 12.ª se aplicará lo dispuesto en el anexo I.
Disposición derogatoria.
Queda derogada la Circular 1/2009 de 16 de septiembre, de la Intervención General de la Administración del Estado, sobre control financiero permanente. («BOE» de 2 de octubre de 2009).
A partir de la entrada en vigor de esta resolución no será de aplicación al control financiero permanente lo dispuesto en la Circular 1/1999 de 26 de marzo, de la Intervención General de la Administración del Estado, de control financiero.
§ Disposición final única
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el 1 de octubre de 2015.
Madrid 30 de julio de 2015.–El Interventor General de la Administración del Estado, José Carlos Alcalde Hernández.
ANEXO I
Metadata
- Type
- Resolution
- År
- 2015
- Ikrafttrædelsesdato
- 1. oktober 2015