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Resolución de 2 de abril de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las instrucciones a las que habrán de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen, así como la solicitud del informe previo a la resolución de discrepancias y la remisión de información contable e informes de auditoría de cuentas anuales de las entidades del sector público local.
BOE-A-2020-4301
SpanienResolution2020
Ministerio de Hacienda
§ Disposición transitoria única
Disposición transitoria única.
Los informes resumen o las solicitudes de informe previo a la resolución de discrepancia, que se remitan previamente a la puesta en funcionamiento de la aplicación web RICEL señalada en los apartados I y II anteriores, se enviarán a la Intervención General de la Administración del Estado a través del Registro electrónico.
§ Disposición final única
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 2 de abril de 2020.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.
ANEXO I
ANEXO II
Metadata
- Type
- Resolution
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 7. april 2020