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Resolución de 2 de abril de 2020, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las instrucciones a las que habrán de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen, así como la solicitud del informe previo a la resolución de discrepancias y la remisión de información contable e informes de auditoría de cuentas anuales de las entidades del sector público local.

BOE-A-2020-4301

SpanienResolution2020

Ministerio de Hacienda

§ Disposición transitoria única

Disposición transitoria única.

Los informes resumen o las solicitudes de informe previo a la resolución de discrepancia, que se remitan previamente a la puesta en funcionamiento de la aplicación web RICEL señalada en los apartados I y II anteriores, se enviarán a la Intervención General de la Administración del Estado a través del Registro electrónico.

§ Disposición final única

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 2 de abril de 2020.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.

ANEXO I

ANEXO II

Metadata

Type
Resolution
År
2020
Ikrafttrædelsesdato
7. april 2020