TheLawyer.sh
Tilbage

Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se crea la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos.

BOE-A-2010-4854

SpanienResolution2010

Agencia Española de Protección de Datos

§ Artículo 1

Artículo 1. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto la creación de la sede electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos (en adelante, AEPD), así como la regulación de su funcionamiento.

§ Artículo 2

Artículo 2. Creación de la sede electrónica de la AEPD y ámbito de la misma.

  1. En aplicación del artículo 10 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y del artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, se crea la sede Electrónica de la AEPD.

Dicha sede será común a todos los órganos que integran la estructura de esta Agencia.

§ Artículo 3

Artículo 3. Dirección electrónica y acceso a la sede

La dirección electrónica de referencia de la sede electrónica de la AEPD es https://sedeagpd.gob.es, que será accesible directamente así como a través del portal de Internet http://www.agpd.es.

§ Artículo 4

Artículo 4. Titular y órganos encargados de la gestión y de los servicios.

  1. La titularidad de la sede electrónica de la AEPD corresponde a la AEPD.
  1. El órgano encargado tanto de la gestión de la sede electrónica como de los servicios disponibles para los ciudadanos en esta sede es la Secretaría General de la AEPD.

§ Artículo 5

Artículo 5. Canales de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica de la AEPD.

Los canales de acceso a los servicios disponibles en la sede electrónica de la AEPD serán:

a) Acceso electrónico, a través de Internet, según los principios de accesibilidad y usabilidad establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, en los términos dictados por la normativa vigente en cada momento, en su sede electrónica.

b) Atención presencial en las oficinas de la AEPD, sin perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

c) Atención telefónica, a través del servicio que se hará constar en la propia sede electrónica y el portal de la Agencia. Al tiempo de entrada en vigor de esta Resolución, el servicio se sustenta en los teléfonos 901 100 099 y 91 266 35 17

§ Artículo 6

Artículo 6. Medios para la formulación de quejas y sugerencias.

  1. Los medios disponibles para la formulación de quejas y sugerencias en relación con el contenido, gestión y servicios ofrecidos en la sede electrónica de la AEPD serán:

a) Presencial o por correo postal en la dirección de la Agencia Española de Protección de Datos, calle Jorge Juan, 6, 28001 Madrid ,o de cualquier otro órgano administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

b) Presentación telemática a través de la sede electrónica de la AEPD

  1. No se considerarán medios para la formulación de quejas y sugerencias los servicios de información y asesoramiento al ciudadano en la utilización de la sede electrónica.

§ Artículo 7

Artículo 7. Contenidos de la sede.

  1. La sede electrónica de la AEPD dispondrá del contenido y de los servicios a disposición de los ciudadanos previstos expresamente en el artículo 6 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.
  1. Los contenidos publicados en la sede electrónica de la AEPD responderán a los criterios de seguridad e interoperabilidad que derivan de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y de los Reales Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, y 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de marzo de 2010.–El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.

Metadata

Type
Resolution
År
2010
Ikrafttrædelsesdato
25. marts 2010
Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se crea la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos. | TheLawyer.sh