Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.
BOE-A-2020-4448
Jefatura del Estado
§ Disposición adicional única
Disposición adicional única. Gestión de créditos relacionados con el COVID-19.
No obstante lo dispuesto en el artículo 86.2.Quinta de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los créditos extraordinarios o suplementarios que tengan por objeto exclusivamente hacer frente a situaciones extraordinarias derivadas del COVID-19, que vayan referidos a la financiación de sectores, servicios, actividades o materias respecto de los cuales las comunidades autónomas tengan asumidas competencias de ejecución, podrán librarse en su totalidad una vez se haya aprobado la distribución definitiva entre aquellas.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Títulos competenciales.
Este real decreto-ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.10.ª y 14.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado, la competencia exclusiva sobre régimen aduanero y arancelario; y Hacienda general, respectivamente.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se habilita al Gobierno y a la persona titular del Ministerio de Hacienda, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones y adoptar medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto-ley.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 14 de abril de 2020.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN
Metadata
- Type
- Kongeligt lovdekret
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 15. april 2020