Real Decreto 825/1988, de 15 de julio, por el que se regulan los fines de interés social de la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
BOE-A-1988-18672
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
§ Disposición adicional primera
Disposición adicional primera.
Lo regulado en este Real Decreto se entiende sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley 12/1981, de 13 de mayo, de Concierto Económico con el País Vasco, y en el Decre-to-ley 16/1969, de 24 de julio, por el que se regula la aportación de Navarra al sostenimiento de las cargas de la Nación y la Armonización de su Régimen Fiscal con el del Estado.
§ Disposición adicional segunda
Disposición adicional segunda.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quinta, apartado 3, de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, el porcentaje aplicable en las declaraciones correspondien-tes al periodo impositivo de 1987 será el 0,5239 por 100.
Para años sucesivos el porcentaje señalado será el que se fije en las respectivas Leyes de Presupuestos de cada ejercicio.
Disposición final.
El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 15 de julio de 1988.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno,
VIRGILIO ZAPATERO GÓMEZ
Metadata
- Type
- Kongeligt dekret
- År
- 1988
- Ikrafttrædelsesdato
- 29. juli 1988