Real Decreto 363/2004, de 5 de marzo, por el que se declara la equivalencia de determinadas titulaciones, a efectos de docencia, a las exigidas con carácter general para el ingreso y adquisición de especialidades de los Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
BOE-A-2004-5190
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
§ Artículo 1
Artículo 1. Declaración de equivalencia de titulaciones, a efectos de docencia, para el ingreso y adquisición de especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
Para el ingreso y adquisición de las especialidades del Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño, las titulaciones superiores de Artes Plásticas y de Diseño y aquellas declaradas equivalentes de acuerdo con el Real Decreto 440/1994, de 11 de marzo, se declaran equivalentes, a efectos de docencia, a las titulaciones exigidas con carácter general, conforme se determina en el anexo I de este real decreto.
§ Artículo 2
Artículo 2. Declaración de equivalencia de titulaciones, a efectos de docencia, para el ingreso y adquisición de especialidades del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Para el ingreso y adquisición de las especialidades del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, las titulaciones de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y aquellas declaradas equivalentes de acuerdo con el Real Decreto 440/1994, de 11 de marzo, y con las correspondencias establecidas en la Orden de 14 de mayo de 1999, se declaran equivalentes, a efectos de docencia, a las titulaciones exigidas con carácter general, conforme al anexo II de este real decreto, siempre que se acredite, en la forma que se determine en las convocatorias, la experiencia profesional de, al menos, dos años en un campo laboral relacionado con la especialidad a que se aspire.
Artículo 2. Declaración de equivalencia de titulaciones, a efectos de docencia, para el ingreso y adquisición de especialidades del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.
Para el ingreso y adquisición de las especialidades del Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, se declaran equivalentes a las titulaciones exigidas con carácter general, a efectos de docencia, las titulaciones de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño establecidas al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que se incluyen en el anexo II, y las titulaciones de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño establecidas al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que se incluyen en el anexo III. En todo caso, deberá de acreditarse en la forma que se determine en las convocatorias, una experiencia profesional de, al menos, dos años en un campo laboral relacionado con la especialidad a la que se aspire.
Se modifica por la disposición final 2.1 del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. Ref. BOE-A-2023-9553#df-2
§ Disposición derogatoria única
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Título competencial y carácter básico de la norma.
Este real decreto tiene carácter de norma básica y se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española y en la disposición adicional decimoquinta.2, párrafo segundo, y 3, párrafo segundo, de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo.
Corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, sin perjuicio de lo que dispongan las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias, dictar las normas que sean precisas para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, a 5 de marzo de 2004.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,
PILAR DEL CASTILLO VERA
ANEXO I
ANEXO II
Metadata
- Type
- Kongeligt dekret
- År
- 2004
- Ikrafttrædelsesdato
- 24. marts 2004