Real Decreto 359/2018, de 8 de junio, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales.
BOE-A-2018-7705
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
§ Disposición transitoria primera
Disposición transitoria primera. Subsistencia de órganos.
Los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías que se suprimen por este real decreto se entenderán subsistentes y mantendrán su denominación, estructura y funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas.
Los funcionarios y demás personal que resulte afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en este real decreto seguirán percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los créditos a los que aquellas venían imputándose, hasta que se adopten las disposiciones y medidas de desarrollo y se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.
§ Disposición transitoria segunda
Disposición transitoria segunda. Titulares de órganos suprimidos.
Los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos por el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales o por el presente real decreto, mantendrán la condición de alto cargo, desempeñando sus funciones de dirección de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su cese.
§ Disposición transitoria tercera
Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los servicios comunes.
Los servicios comunes de los ministerios en los que se hayan producido transferencias de actividad a otros departamentos ministeriales seguirán prestando los servicios a los ministerios a los que correspondan dichas áreas de actividad, hasta tanto se desarrolle la estructura orgánica de los ministerios y se establezca la distribución de efectivos.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Supresión de órganos.
Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
Subsecretaría de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.
Subsecretaría de Educación, Cultura y Deporte.
Subsecretaría de Empleo y Seguridad Social.
Subsecretaría de Energía, Turismo y Agenda Digital.
Subsecretaría de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Subsecretaría de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad.
Subsecretaría de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Modificaciones presupuestarias.
Por el Ministerio de Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias y habilitaciones de créditos precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 142, de 12 de junio de 2018. Ref. BOE-A-2018-7836
Dado en Madrid, el 8 de junio de 2018.
FELIPE R.
La Ministra de Política Territorial y Función Pública,
MERITXELL BATET LAMAÑA
Metadata
- Type
- Kongeligt dekret
- År
- 2018
- Ikrafttrædelsesdato
- 9. juni 2018