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Real Decreto 319/1982, de 12 de febrero, por el que se reestructura y adscribe directamente el Servicio de Vigilancia Aduanera.

BOE-A-1982-4571

SpanienKongeligt dekret1982

Ministerio de Hacienda

§ Disposición final primera

Disposición final primera.

En el plazo de un año desde la publicación de este Real Decreto se aprobará, a propuesta del Ministerio de Hacienda y previo informe del Consejo de Estado y del Ministerio de Defensa, el Reglamento de funcionamiento del Organismo.

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda.

La aplicación de lo dispuesto en el presente Real Decreto no podrá implicar aumento de gasto, según lo previsto en los artículos diecinueve y veinte de la Ley cuarenta y cuatro/mil novecientos ochenta y uno, de veintiséis de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1982, por lo que se deberá financiar con la baja en otros créditos o dotaciones.

§ Disposición final tercera

Disposición final tercera.

Se autoriza al Ministerio de Hacienda para dictar las disposiciones oportunas sobre desarrollo de la estructura orgánica del Servicio de Vigilancia Aduanera.

§ Disposición derogatoria única

Disposición derogatoria única.

Queda derogado el Decreto de diecisiete de diciembre de mil novecientos cincuenta y cuatro y la Orden ministerial de Hacienda de ocho de febrero de mil novecientos cincuenta y seis, así como todas las demás disposiciones que se opongan al presente Real Decreto.

Dado en Madrid a doce de febrero de mil novecientos ochenta y dos.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Hacienda,

JAIME GARCIA AÑOVEROS

Metadata

Type
Kongeligt dekret
År
1982
Ikrafttrædelsesdato
17. marts 1982