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Real Decreto 2473/1985, de 27 de diciembre, por el que se aprueba la tabla de vigencia a que se refiere el apartado 3 de la disposición derogatoria de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.

BOE-A-1986-6

SpanienKongeligt dekret1985

Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo

§ Artículo 1

Artículo 1.

El 1 de enero de 1986 quedarán derogadas las disposiciones relacionadas en el apartado primero del anexo de este Real Decreto, además de las expresamente citadas en el número 1 de la disposición derogatoria de la Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985.

§ Artículo 2

Artículo 2.

A la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que desarrollarán los títulos preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley de Aguas de 2 de agosto de 1985, se derogarán las disposiciones contenidas en el apartado segundo del anexo.

§ Artículo 3

Artículo 3.

A la entrada en vigor de las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de los títulos II (De la administración pública del agua) y III (De la planificación hidrológica) de la Ley de Aguas, quedarán derogadas las disposiciones relacionadas en el apartado tercero del anexo de este Real Decreto.

§ Artículo 4

Artículo 4.

Quedarán subsistentes, aun después de la entrada en vigor de la Ley de Aguas y de las disposiciones reglamentarias que se dicten en aplicación de la misma, las relacionadas en el apartado cuarto del anexo.

§ Artículo 5

Artículo 5.

Hasta que se promulguen los Reales Decretos constitutivos de los Organismos de cuenca, las funciones previstas para dichos Organismos en la Ley de Aguas y en las disposiciones reglamentarias que se dicten para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma Ley serán ejercidas por las Confederaciones Hidrográficas estructuradas por Real Decreto 1821/1985, de 1 de agosto, y a las que conforme a lo establecido en dicho Real Decreto corresponde desempeñar las funciones de los Organismos administrativos a que alude la disposición transitoria novena de la Ley de Aguas.

§ Artículo 6

Artículo 6.

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 27 de diciembre de 1985.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Obras Públicas y Urbanismo,

JAVIER LUIS SÁENZ COSCULLUELA

ANEXO

Metadata

Type
Kongeligt dekret
År
1985
Ikrafttrædelsesdato
2. januar 1986