Real Decreto 1708/1997, de 14 de noviembre, por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social a los jugadores profesionales de balonmano.
BOE-A-1997-25224
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
§ Artículo 1
Artículo 1.
En la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto, quedan incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social los jugadores profesionales de balonmano que tengan la condición de deportistas profesionales, de acuerdo con el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los deportistas profesionales.
§ Artículo 2
Artículo 2.
- La acción protectora dispensada a los jugadores profesionales de balonmano será la establecida en el artículo 114.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- Los clubes o entidades deportivas de balonmano tendrán la consideración de empresarios, a efectos de las obligaciones que para éstos se establecen en el Régimen General de la Seguridad Social.
§ Artículo 3
Artículo 3.
A los jugadores profesionales de balonmano les será de aplicación, a efectos de cotización, lo establecido en el artículo 34 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros derechos de la Seguridad Social.
§ Disposición final primera
Disposición final primera.
Se autoriza al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en el presente Real Decreto.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 1998.
Dado en Madrid a 14 de noviembre de 1997.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales,
JAVIER ARENAS BOCANEGRA
Metadata
- Type
- Kongeligt dekret
- År
- 1997
- Ikrafttrædelsesdato
- 1. januar 1998