Real Decreto 1190/1985, de 17 de julio, por el que se regula la promoción para estudios a cargo de MUFACE.
BOE-A-1985-14922
Presidencia del Gobierno
§ Disposición final primera
Disposición final primera.
Se faculta al Ministerio de la Presidencia para incrementar la cuantía de las becas y bolsas de estudios que se determinan en el artículo 2.º de este Real Decreto, en la medida en que las disponibilidades presupuestarias de la Mutualidad General para cada ejercicio económico lo permitan.
Disposición final primera.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.b).1 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2003-7527.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda.
De acuerdo con lo preceptuado en la disposición transitoria segunda, a), del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, quedan suprimidas, excepto en su aplicación a los mutualistas de las Mutualidades integradas que no tengan la condición de mutualistas de MUFACE, las prestaciones de ayudas para estudios y similares, o en favor de huérfanos de las Mutualidades integradas actualmente en el Fondo Especial o que se integren en el mismo en el futuro.
Disposición final segunda.
(Derogada)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1.b).1 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2003-7527.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera.
A los efectos de la prestación que se establece en el presente Real Decreto, continuarán adscritos al Fondo General de MUFACE y serán gestionados directamente por ésta los actuales Centros de «Nuestra Señora del Pilar», de Zaragoza, y Colegio Mayor «Juan Luis Vives», de Madrid. Asimismo, se adscribirán a dicho Fondo General los Centros de análoga naturaleza pertenecientes a Mutualidades de funcionarios que se integren o pudieran integrarse en el futuro en el Fondo Especial de MUFACE.
§ Disposición final cuarta
Disposición final cuarta.
El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Disposición derogatoria.
A la entrada en vigor de este Real Decreto queda derogado el Real Decreto 992/1982, de 14 de mayo.
Dado en Madrid a 17 de julio de 1985.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de la Presidencia,
JAVIER MOSCOSO DEL PRADO Y MUÑOZ
Metadata
- Type
- Kongeligt dekret
- År
- 1985
- Ikrafttrædelsesdato
- 20. juli 1985