Orden PCI/6/2019, de 11 de enero, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
BOE-A-2019-319
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
§ Artículo 1
Artículo 1. Aprobación del cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
Se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigible para el ingreso en los centros docentes militares de formación, cuyo texto se inserta a continuación, para la determinación y evaluación de las condiciones psicofísicas –reconocimientos médicos– exigibles en los procesos de selección de acceso a la enseñanza militar de formación, para adquirir la condición de militar de carrera, militar de complemento o militar de tropa y marinería, y para incorporarse a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
§ Artículo 2
Artículo 2. Cuestionario de Salud.
El modelo de Cuestionario de Salud, que constituye una declaración previa por parte de cada aspirante de su estado de salud, será el aprobado por la Instrucción 14/2016, de 17 de marzo, de la Subsecretaría de Defensa, por la que se establecen nuevos Modelos de Informe Médico y de Cuestionario de Salud para los Expedientes de Aptitud Psicofísica y nuevos Modelos de Acta de las Juntas Médico-Periciales de la Sanidad Militar.
§ Disposición adicional primera
Disposición adicional primera. Aplicación a la Guardia Civil.
A los aspirantes que opten a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil les será de aplicación el cuadro de exclusiones que se aprueba en esta orden ministerial, con las singularidades que se establecen, en su caso, en los apartados correspondientes al Cuerpo General del Ejército de Tierra.
§ Disposición adicional segunda
Disposición adicional segunda. Aplicación al personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo.
A los aspirantes que opten a la especialidad fundamental Aviación del Ejército de Tierra, especialidad fundamental de Mantenimiento de Aeronaves del Ejército de Tierra, y a la especialidad fundamental de Vuelo del Ejército del Aire, les será de aplicación, además, el cuadro médico de exclusiones establecido para este personal en la Orden Ministerial 23/2011, de 27 de abril, por el que se aprueban las normas para la valoración de la aptitud médica del personal de las Fuerzas Armadas con responsabilidad de vuelo, modificado por la Orden Ministerial 62/2012, de 10 de septiembre.
§ Disposición adicional tercera
Disposición adicional tercera. Aplicación a los Militares de complemento.
En los procesos de selección para ingreso en los centros docentes militares de formación que capaciten para adquirir la condición de militar de complemento será de aplicación el cuadro médico de exclusiones que se aprueba en esta orden ministerial, en los apartados correspondientes a los Cuerpos y Escalas a los que van a quedar adscritos.
§ Disposición adicional cuarta
Disposición adicional cuarta. Aplicación a los Reservistas voluntarios.
En los procesos de selección para acceso a la enseñanza de formación para adquirir la condición de reservista voluntario, el cuadro médico de exclusiones será el que se establezca en la correspondiente convocatoria.
§ Disposición adicional quinta
Disposición adicional quinta. Pérdida de la condición de alumno.
El cuadro médico de exclusiones que se aprueba será de aplicación en los procedimientos de pérdida de la condición de alumno a causa de las condiciones psicofísicas.
§ Disposición transitoria única
Disposición transitoria única. Talla para ingreso en los diferentes Cuerpos y Escalas.
A los que a fecha 31 de diciembre del año de la entrada en vigor de esta orden ministerial, se hayan integrado o adscrito a las diferentes escalas de las Fuerzas Armadas o se encuentren cursando los correspondientes planes de estudios en los centros docentes militares de formación para la integración o adscripción a las mismas, en los procesos de selección para el ingreso mediante la forma por promoción no les será de aplicación lo regulado en el apartado A. 1 del cuadro médico de exclusiones que se aprueba en esta orden ministerial.
§ Disposición derogatoria única
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Queda derogada la Orden PRE/2622/2007, de 7 de septiembre, por la que se aprueba el cuadro médico de exclusiones exigibles para el ingreso en los centros docentes militares de formación.
- Asimismo, quedan derogadas aquellas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Facultades de aplicación.
Se autoriza a la Subsecretaría de Defensa, conjuntamente con la Secretaría de Estado de Seguridad en lo que respecta al Cuerpo de la Guardia Civil, a dictar en el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones y resoluciones sean necesarias para la aplicación de esta orden ministerial.
Disposición final primera. Facultades de aplicación.
- Se autoriza a la persona titular de la Subsecretaría de Defensa, conjuntamente con la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad en lo que respecta a la Guardia Civil, a dictar en el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones y resoluciones sean necesarias para la aplicación de esta orden ministerial.
- Asimismo, la persona titular de la Subsecretaría de Defensa, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y del Espacio y la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil, dentro de sus ámbitos de competencias y mediante instrucción, podrán determinar los destinos y los límites de estatura que se deban aplicar atendiendo a sus funciones y cometidos.
Se modifica por el art. único.2 de la Orden PCM/444/2023, de 30 de abril. Ref. BOE-A-2023-10705
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de enero de 2019.–La Vicepresidenta del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Carmen Calvo Poyato.
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2019
- Ikrafttrædelsesdato
- 13. januar 2019