Orden INT/3782/2007, de 13 de diciembre, de regulación de la dieta de los miembros de las mesas electorales.
BOE-A-2007-22211
Ministerio del Interior
§ Disposición adicional única
Disposición adicional única. Remisiones normativas.
Las referencias normativas efectuadas en otras disposiciones a la Orden Ministerial de 3 de abril de 1991, por la que se establece el importe de las dietas de los miembros de las Mesas electorales, se entenderán realizadas a los preceptos de esta Orden.
§ Disposición derogatoria única
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se deroga la Orden del Ministerio del Interior, de 3 de abril de 1991, por la que se determina el importe de las dietas de los miembros de las Mesas electorales.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Entrada en vigor.
Lo dispuesto en la presente Orden será de aplicación a los procesos electorales regulados en la Ley Orgánica 5/1985, así como a las consultas populares por vía de referéndum reguladas en la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, de regulación de distintas modalidades de referéndum, que se celebren a partir de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial del Estado.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Actualización de la dieta.
El importe fijado en el apartado primero de esta Orden se actualizará en la misma medida que lo hagan las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas en las correspondientes Leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado.
Madrid, 13 de diciembre de 2007.–El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2007
- Ikrafttrædelsesdato
- 14. januar 2008