Orden INT/369/2020, de 24 de abril, por la que se adoptan medidas excepcionales en materia de formación permanente de los vigilantes de seguridad y vigencia de las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada.
BOE-A-2020-4650
Ministerio del Interior
§ Artículo 1
Artículo 1. Formación permanente de los vigilantes de seguridad.
Durante el año 2020, los cursos anuales de actualización o especialización para los vigilantes de seguridad a los que se refieren el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por el Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y el artículo 7 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, podrán realizarse exclusivamente de forma no presencial.
§ Artículo 2
Artículo 2. Prórroga de la vigencia de la tarjeta de identidad profesional del personal de seguridad privada.
Las tarjetas de identidad profesional del personal de seguridad privada cuya vigencia venza durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogadas hasta seis meses después de su finalización.
§ Disposición final única
Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de abril de 2020.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 26. april 2020