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Orden INT/283/2020, de 25 de marzo, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores terrestres restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE-A-2020-4064
SpanienBekendtgørelse2020
Ministerio del Interior
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Notificación de la medida.
Esta medida se notificará, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a los Estados miembros de la Unión Europea, a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo y al Consejo en los términos previstos en los artículos 28.3 y 31 del Reglamento (UE) 2016/399, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor y efectos.
- Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá efectos a las 00:00 horas del 27 de marzo de 2020.
- Tendrá vigencia hasta las 24:00 horas del 11 de abril de 2020, sin perjuicio, en su caso, de las eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.
Madrid, 25 de marzo de 2020.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 26. marts 2020