Orden INT/239/2020, de 16 de marzo, por la que se restablecen los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
BOE-A-2020-3776
Ministerio del Interior
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Notificación de la medida.
Es medida se notificará, a través del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a los Estados miembros de la Unión Europea, así como a la Comisión Europea, en los términos previstos en el artículo 28.2 del Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por el que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen).
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 73, de 18 de marzo de 2020. Ref. BOE-A-2020-3826
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Habilitación al Ministro del Interior.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.3 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se dictarán cuantas órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones necesarias para la aplicación de esta medida.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera. Efectos.
La presente orden surtirá plenos efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo estipulado en el artículo 2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, sin perjuicio de lo previsto en el artículo único.
Madrid, 16 de marzo de 2020.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 16. marts 2020