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Orden HFP/356/2022, de 20 de abril, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en el procedimiento de concesión mediante subasta de expendedurías de tabaco y timbre del Estado.

BOE-A-2022-6766

SpanienBekendtgørelse2022

Ministerio de Hacienda y Función Pública

§ Artículo 1

Artículo 1. Objeto.

Esta orden tiene por objeto establecer la obligatoriedad de las comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en todos los trámites y actuaciones en el procedimiento de concesión mediante subasta de expendedurías de tabaco y timbre del Estado.

§ Artículo 2

Artículo 2. Obligatoriedad de comunicaciones electrónicas.

  1. Las solicitudes y comunicaciones deberán presentarse exclusivamente de forma electrónica en el Registro Electrónico General, disponible en el Punto de Acceso General electrónico (PAGe), así como en la sede electrónica del organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, en los modelos o formularios electrónicos oficiales que para este procedimiento se determinen y que estarán disponibles en la sede electrónica del organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos en el siguiente enlace: https://cmtabacos.sede.gob.es/
  1. Los medios electrónicos a emplear por los interesados serán los determinados en la sede electrónica del organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos para los procedimientos que requieren de firma electrónica.
  1. Las notificaciones electrónicas se pondrán a disposición del interesado a través de la Dirección Electrónica Habilitada única. Asimismo, de forma complementaria se podrá notificar en la sede electrónica del organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos.

En todo caso, la práctica de la notificación y el cumplimiento de su obligación se atendrán a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

§ Artículo 3

Artículo 3. Identificación y firma.

En la sede electrónica del organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos se determinarán, en cada caso, los sistemas de identificación y de firma admitidos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

§ Artículo 4

Artículo 4. Punto de acceso.

El organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos garantizará al menos un punto de acceso general en el Servicio de Atención Ciudadana, en el Paseo de la Habana, 140, de Madrid, a través del cual se facilite, de forma sencilla, el acceso electrónico a la información y servicios de su competencia, presentación de solicitudes y recursos o el acceso a las notificaciones y comunicaciones.

§ Artículo 5

Artículo 5. Incumplimiento de la obligatoriedad de la utilización de medios electrónicos.

  1. Si alguno de los interesados presentara su solicitud o escrito presencialmente, se le requerirá para que lo subsane a través de su presentación electrónica. De no ser atendido el requerimiento en el plazo de diez días, se le tendrá por desistido de su solicitud o se le podrá declarar decaído en su derecho al trámite correspondiente, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
  1. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado de forma efectiva la subsanación, según lo establecido en artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

§ Disposición adicional única

Disposición adicional única. No incremento del gasto público.

Las medidas contenidas en esta orden se atenderán con los medios personales y materiales del organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, y no podrán suponer incremento del gasto público.

§ Disposición final única

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de abril de 2022.–La Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado.

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
2022
Ikrafttrædelsesdato
28. april 2022