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Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas.

BOE-A-2007-22450

SpanienBekendtgørelse2007

Ministerio de Educación y Ciencia

§ Disposición transitoria primera

Disposición transitoria primera. Acreditación del dominio de lengua extranjera.

Con carácter transitorio, para el curso académico 2009-2010, el cumplimiento del requisito de acceso al Máster Universitario que habilite para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, de Formación Profesional y de Enseñanzas de Idiomas, expresado en el apartado 4.2 del Anexo de la Orden, relativo a la acreditación del dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, de acuerdo con la Recomendación N.º R (98)6 del Comité de Ministros de Estados Miembros de 17 de octubre de 2000, podrá ser acreditado por el estudiante a la finalización de los citados estudios oficiales de Máster.

Se añade por el artículo único.a) de la Orden EDU/3424/2009, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20496.

§ Disposición transitoria segunda

Disposición transitoria segunda. Créditos presenciales.

Con carácter transitorio para el curso académico 2009-2010, el porcentaje de créditos presenciales a que se refiere el párrafo 2 del apartado 5 del anexo de la Orden, sobre planificación de las enseñanzas, se fija en un 65%.

Se añade por el artículo único.b) de la Orden EDU/3424/2009, de 11 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-20496.

Madrid, 27 de diciembre de 2007.–La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
2007
Ikrafttrædelsesdato
30. december 2007