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Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica básica de los Ejércitos.

BOE-A-2003-23288

SpanienBekendtgørelse2003

Ministerio de Defensa

§ Disposición adicional única

Disposición adicional única. Adaptación de estructuras.

  1. La Fuerza Logística Operativa proporcionará el apoyo en permanencia preciso para mantener las capacidades operativas de todas las Unidades, Centros y Organismos del Ejército de Tierra.
  1. Se encuadrarán en la Fuerza de Acción Marítima los Centros y Organismos vinculados a la acción del Estado en la mar, que sin tener el carácter de Fuerza, contribuyen de forma integrada y permanente al desarrollo de sus capacidades.
  1. El Mando Aéreo General proporcionará el apoyo en permanencia preciso para mantener las capacidades operativas de todas las Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire.

§ Disposición transitoria primera

Disposición transitoria primera. Encuadre orgánico de los estados mayores operativos.

En tanto continúe en vigor la actual Estructura de Mando Operativo de las Fuerzas Armadas, los órganos auxiliares de mando del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Jefe de Estado Mayor de la Armada y Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, como Mandos Operativos Terrestre, Naval y Aéreo, respectivamente, mantendrán su actual dependencia orgánica.

§ Disposición transitoria segunda

Disposición transitoria segunda. Adaptaciones orgánicas.

Los órganos actualmente existentes continuarán ejerciendo sus competencias hasta que entren en vigor las Instrucciones de desarrollo de la presente Orden Ministerial, se produzcan las adaptaciones orgánicas y se transfieran los cometidos a la nueva estructura.

§ Disposición derogatoria única

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

  1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) Orden Ministerial 146/1995, de 17 de noviembre, por la que se modifica la estructura y el despliegue de la Fuerza Terrestre y se regula el ritmo de aplicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 05 de agosto de 1994.

b) Orden Ministerial 136/1997, de 03 de julio, por la que se desarrolla la organización del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra.

c) Orden Ministerial 139/1997, de 07 de julio, por la que se crea en el Ejército de Tierra el Mando de Apoyo Logístico a las Operaciones de la Fuerza de Maniobra.

d) Orden Ministerial 150/1997, de 31 de julio, por la que se determina la ubicación de la Inspección General de Movilización del Ejército de Tierra.

e) Orden Ministerial 151/1997, de 31 de julio, por la que se dictan, con carácter provisional, normas para la aplicación del Real Decreto 1132/1997 de 11 de julio por el que se reestructura la Organización Militar del Territorio Nacional para el Ejército de Tierra.

f) Orden Ministerial 184/1997, de 06 de octubre, por la que se crea el Mando de Operaciones Especiales del Ejército de Tierra, modificada por la Orden Ministerial 272/1999, de 30 de noviembre.

g) Orden Ministerial 185/1997, de 06 de octubre, por la que se desarrolla la organización del Mando de la Fuerza de Maniobra del Ejército de Tierra.

h) Orden Ministerial 230/1997, de 26 de noviembre, por la que se modifica la estructura y el despliegue de la Fuerza Terrestre.

i) Orden Ministerial 60/2000, de 08 de marzo, por la que se modifica la Orden 184/1997 de 06 de octubre por la que se crea el Mando de Operaciones Especiales del Ejército de Tierra.

j) Orden Ministerial 283/2001, de 27 de diciembre, sobre creación de la Brigada de Transmisiones y el Regimiento de Transmisiones n.o 2 del Ejército de Tierra.

k) Orden Ministerial, de 30 de enero de 1946, sobre la dependencia orgánica de la Escuela de Aplicación de Infantería de Marina.

l) Orden Ministerial 577/1968, de 7 de febrero, sobre la dependencia de la Jefatura Central de Transportes de la Jurisdicción Central.

m) Orden Ministerial 2133/1971, de 14 de agosto, por la que se organizan los Centros de Reclutamiento y Movilización de las Regiones Aéreas.

n) Orden Ministerial Delegada 529/1979 de 10 de julio, por la que se crea el Servicio de Informática de la Armada.

o) Orden Ministerial 40/1984, de 30 de enero, sobre los Centros de Comunicaciones de las Zonas Marítimas.

p) Orden Ministerial 414/10698/1985, de 22 de marzo, sobre la reorganización de las Defensas Portuarias de las Zonas Marítimas.

q) Orden Ministerial 415/25086/1986, de 1 de diciembre, de encuadramiento de la Biblioteca Central del Cuartel General de la Armada.

r) Orden Ministerial Comunicada núm. 86/2002, de 30 de enero, por la que se crea el Mando de las Fuerzas del Estrecho.

s) Orden Ministerial Comunicada núm. 212/2002, de 1 de octubre, por la que se cambia la Dependencia del Mando de la Fuerza del Estrecho.

t) Orden de 2 de agosto de 1957 por la que se aprueba el Reglamento de Servicio de Seguridad en el Ejército del Aire (RAO-7).

  1. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango en cuanto se oponga a lo establecido en la presente Orden Ministerial.

§ Disposición final primera

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se faculta a los Jefes de Estado Mayor de los respectivos Ejércitos, previo informe favorable del Subsecretario de Defensa, para dictar las Instrucciones de desarrollo y ejecución de la presente Orden Ministerial, que en ningún caso podrá suponer aumento del gasto público.

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 10 de diciembre de 2003.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
2003
Ikrafttrædelsesdato
20. december 2003
Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica básica de los Ejércitos. | TheLawyer.sh