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Orden de 14 de enero de 1981 por la que se desarrolla el Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, que regula las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, y se dictan las normas complementarias de fiscalización para la fabricación, comercio, elaboración y distribución de sustancias psicotrópicas.

BOE-A-1981-2112

SpanienBekendtgørelse1981

Ministerio de Sanidad y Seguridad Social

§ Disposición transitoria primera

Disposición transitoria primera.

Las Entidades farmacéuticas, hospitalarias, químicas, de investigación o cualesquiera otras que en el momento de la publicación de la presente Orden se encuentren en posesión de sustancias psicotrópicas incluidas en la lista I del Anexo I del Real Decreto 2829/1977 dispondrán de un plazo de treinta días para depositar tales productos en la Delegación Territorial del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, Inspección Provincial de Farmacia.

§ Disposición transitoria segunda

Disposición transitoria segunda.

Las Entidades que en la actualidad estén comercializando con sustancias psicotrópicas, en el momento de legalizar el libro de contabilidad presentarán ante los Servicios Farmacéuticos de la Delegación Territorial declaración de las existencias actuales de sustancias psicotrópicas con que cuentan.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 14 de enero de 1981.

OLIART SAUSSOL

Ilmo. Sr. Director general de Farmacia y Medicamentos.

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
1981
Ikrafttrædelsesdato
18. februar 1981
Orden de 14 de enero de 1981 por la que se desarrolla el Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre, que regula las sustancias y preparados medicinales psicotrópicos, y se dictan las normas complementarias de fiscalización para la fabricación, comercio, elaboración y distribución de sustancias psicotrópicas. | TheLawyer.sh