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Orden de 1 de octubre de 1992, por la que se complementan diversos aspectos de la regulación sobre uniformidad y distintivos del Cuerpo Nacional de Policía.

BOE-A-1992-23560

SpanienBekendtgørelse1992

Ministerio del Interior

§ Disposición final primera

Disposición final primera.

Se autoriza al Director general de la Policía, oída la Comisión de Personal del Consejo de Policía, para establecer, en su caso, los distintivos de los destinos, servicios o unidades que, en razón de su función requieran un distintivo específico, determinando, igualmente, su diseño, contenido, descripción y características técnicas y de uso.

Asimismo, cuando la prestación de determinados servicios así lo requiera, podrá establecer el uso de equipamiento personal, indumentaria complementaria o uniformidad especial, sin que éstos formen parte de la uniformidad reglamentaria.

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda.

Por el Director general de la Policía, se adoptarán cuantas instrucciones requiera la aplicación de la presente norma.

§ Disposición final tercera

Disposición final tercera.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de octubre de 1992.

CORCUERA CUESTA

ANEXO I

ANEXO II

ANEXO III

ANEXO IV

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
1992
Ikrafttrædelsesdato
11. november 1992