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Orden CUL/314/2010, de 16 de febrero, por la que se modifican los grupos de edad para la calificación de las películas cinematográficas y otras obras audiovisuales.

BOE-A-2010-2627

SpanienBekendtgørelse2010

Ministerio de Cultura

§ Artículo 1

Artículo 1. Clasificación de los grupos de edad para la calificación de las películas y otras obras audiovisuales.

  1. La calificación por grupos de edad a la que se refiere el apartado 1 del artículo 5 del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, se realizará según la siguiente clasificación:

a) Especialmente recomendada para la infancia.

b) Apta para todos los públicos.

c) No recomendada para menores de siete años.

d) No recomendada para menores de doce años.

e) No recomendada para menores de dieciséis años.

f) No recomendada para menores de dieciocho años.

g) Película X.

  1. La calificación «Especialmente recomendada para la infancia» se acumulará, cuando corresponda, a la calificación «Apta para todos los públicos» o «No recomendada para menores de siete años».

§ Artículo 2

Artículo 2. Pictogramas informativos.

Las obligaciones de publicidad y de información a los espectadores sobre la calificación por grupos de edad de las películas y otras obras audiovisuales a las que se refiere el Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, podrán cumplirse tanto mediante la mención expresa del grupo de edad atribuido a la película u obra audiovisual como mediante la utilización de un pictograma informativo correspondiente a dicho grupo de edad.

§ Artículo 3

Artículo 3. Categoría «Especialmente recomendada para el fomento de la igualdad de género».

Se establece la categoría «Especialmente recomendada para el fomento de la igualdad de género», que operará de manera transversal para todas las películas presentadas a calificación por grupos de edad excepto para la calificación «Película X». Dicha categoría será asignada por el ICAA, cuando corresponda, en el momento de su calificación. Sin embargo, la obtención de esta categoría no comporta las obligaciones previstas para las calificaciones por grupos de edad a las que se refiere el artículo 1.

Se añade por la disposición final 3 de la Orden CUL/1772/2011, de 21 de junio. Ref. BOE-A-2011-11110

§ Disposición final primera

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se autoriza al Director general del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales para aprobar mediante Resolución los pictogramas informativos a los que se refiere el artículo 2 de esta Orden.

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2010.–La Ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde Reig.

Metadata

Type
Bekendtgørelse
År
2010
Ikrafttrædelsesdato
19. februar 2010
Orden CUL/314/2010, de 16 de febrero, por la que se modifican los grupos de edad para la calificación de las películas cinematográficas y otras obras audiovisuales. | TheLawyer.sh