Orden APA/455/2020, de 26 de mayo, por la que se modifican diversas órdenes ministeriales en materia de control y certificación de semillas y otros materiales de reproducción.
BOE-A-2020-5413
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Título competencial.
La presente orden se dicta al amparo del título competencial recogido en las reglas 9.ª y 13.ª del artículo 149.1 de la Constitución Española, por la que se atribuyen al Estado las competencias exclusivas en materia de legislación sobre propiedad intelectual e industrial y sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, salvo la regulación del material importado que se dicta al amparo de la competencia exclusiva en materia de comercio exterior prevista en el artículo 149.1.10ª de la Constitución Española.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
Mediante la presente orden se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva de Ejecución (UE) 2019/1985 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, que modifica las Directivas 2003/90/CE y 2003/91/CE por la que se establecen disposiciones de aplicación a los fines del artículo 7 de la Directiva 2002/53/CE del Consejo y del artículo 7 de la Directiva 2002/55/CE del Consejo, respectivamente, en lo que concierne a los caracteres que los exámenes deben analizar como mínimo y las condiciones mínimas para examinar determinadas variedades de especies de plantas agrícolas y hortícolas, la Directiva de Ejecución (UE) 2019/990, de la Comisión, de 17 de junio de 2019, por la que se modifica la lista de géneros y especies que figura en el artículo 2, apartado 1, letra b), de la Directiva 2002/55/CE del Consejo, en el anexo II de la Directiva 2008/72/CE del Consejo y en el anexo de la Directiva 93/61/CEE de la Comisión, y la Directiva de Ejecución (UE) 2020/432 de la Comisión de 23 de marzo de 2020 por la que se modifica la Directiva 2002/55/CE del Consejo en lo que se refiere a la definición de «plantas hortícolas» y a la lista de géneros y especies del artículo 2, apartado 1, letra b).
Asimismo, mediante esta orden se incorporan a nuestro ordenamiento jurídico los artículos 1, 2, 5, 6 y 8, y los anexos I, II, V, VI y VIII, de la Directiva de Ejecución (UE) 2020/177 de la Comisión de 11 de febrero de 2020, que modifica las Directivas 66/401/CEE, 66/402/CEE, 68/193/CEE, 2002/55/CE, 2002/56/CE y 2002/57/CE del Consejo, así como las Directivas 93/49/CEE y 93/61/CEE y las Directivas de Ejecución 2014/21/UE y 2014/98/UE de la Comisión, por lo que respecta a las plagas de los vegetales en semillas y otros materiales de reproducción vegetal.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el 31 de mayo de 2020.
Madrid, 26 de mayo de 2020.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.
Metadata
- Type
- Bekendtgørelse
- År
- 2020
- Ikrafttrædelsesdato
- 31. maj 2020