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Ley 9/1984, de 30 de octubre, de declaración del 1 de marzo como «Día de las Islas Baleares».

BOE-A-1985-3563

SpanienLov1984

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

§ Artículo 1

Artículo 1.

Se establece el 1 de marzo como «Día de las Islas Baleares», con carácter de fiesta oficial, laborable, en todo el territorio de la Comunidad Autónoma.

Art. 2.

El Gobierno de las Islas Baleares, en coordinación con los Consejos insulares y los Ayuntamientos, programará anualmente los actos a celebrar en ocasión del «Día de las Islas Baleares».

Art. 3.

Como manifestación de su personalidad histórica, cada isla podrá, también, establecer su propia jornada, según acuerde el respectivo Consejo Insular.

Disposición final.

Se faculta al Gobierno de las Islas Baleares para que dicte las normas necesarias para la aplicación de la presente Ley.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las autoridades a los que corresponda la hagan guardar.

En Palma de Mallorca a 30 de octubre de 1984.

GABRIEL CAÑELLAS FONS

Presidente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Metadata

Type
Lov
År
1984
Ikrafttrædelsesdato
9. januar 1985
Ley 9/1984, de 30 de octubre, de declaración del 1 de marzo como «Día de las Islas Baleares». | TheLawyer.sh