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Ley 8/1984, de 25 de abril, por la que se declara Fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo de cada año.

BOE-A-1984-14761

SpanienLov1984

Comunidad de Madrid

§ Artículo 1

Artículo 1.

Se declara Fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo.

§ Artículo 2

Artículo 2.

Se autoriza al Consejo de Gobierno a que, de acuerdo con la legislación del Estado, fije por Decreto la sustitución de una fiesta de ámbito nacional por la señalada en el artículo 1 de la presente Ley. Asimismo, a que adopte las medidas conducentes al debido realce institucional de la Fiesta de la Comunidad.

Disposición adicional.

Las Instituciones de la Comunidad conmemorarán con la mayor solemnidad y con actos públicos la fecha del 1 de marzo, aniversario de la publicación del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en la forma que establezcan sus órganos de gobierno y dirección.

Disposición transitoria.

Durante el año 1984, la Fiesta de la Comunidad no regirá a efectos laborales.

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor en el día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», siendo también publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley que la cumplan, y a todos los Tribunales y autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.

Madrid, 25 de abril de 1984.

JOAQUÍN LEGUINA,

Presidente de la Comunidad

Metadata

Type
Lov
År
1984
Ikrafttrædelsesdato
14. maj 1984