Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
BOE-A-2021-6945
Jefatura del Estado
§ Disposición adicional única
Disposición adicional única. Modificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia.
Se amplía por cinco años el plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y en relación a su vez con la disposición adicional segunda de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre, de modificación de tasas y de beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interés público, con la disposición transitoria primera de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y con la disposición transitoria quinta de la propia Ley 16/1985, de 25 de junio.
Disposición adicional única. Modificación del plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia.
Se amplía por cinco años el plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en relación con el Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y en relación a su vez con la disposición adicional segunda de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre, de modificación de tasas y de beneficios fiscales de acontecimientos de excepcional interés público, con la disposición transitoria primera de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y con la disposición transitoria quinta de la propia Ley 16/1985, de 25 de junio.
Téngase en cuenta que se amplía por cinco años, desde el 28 de mayo de 2025, el plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, en relación con la transmisión, cesión e Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y en relación con la presente disposición adicional, según establece la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2026-11397#da-2
Se amplía por cinco años, desde el 28 de mayo de 2025, el plazo previsto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, en relación con la transmisión, cesión e Inventario de Bienes Muebles de la Iglesia, y en relación con la presente disposición adicional, según establece la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2026-11397#da-2
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Título competencial.
La presente Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.5.ª y 8.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia y de ordenación de los registros e instrumentos públicos.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.»
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 28 de abril de 2021.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN
Metadata
- Type
- Lov
- År
- 2021
- Ikrafttrædelsesdato
- 30. april 2021