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Ley 5/1984, de 28 de junio, por la que se instituye el Día de Asturias.

BOE-A-1984-17575

SpanienLov1984

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

§ Artículo 1

Artículo 1.

Se declara Día de Asturias la fecha del 8 de septiembre, que tendrá, a todos los efectos, carácter de fiesta regional.

§ Artículo 2

Artículo 2.

El Día de Asturias se celebrará institucionalmente en la localidad que se determine por el Consejo de Gobierno.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias y de la Provincia».

Por lo tanto, ordeno a todos los ciudadanos a quienes sea de aplicación esta Ley coadyuven a su cumplimiento, así como a todos los Tribunales y autoridades que la guarden y la hagan guardar.

Oviedo, 28 de junio de 1984.

PEDRO DE SILVA CIENFUEGOS-JOVELLANOS

Presidente del Principado de Asturias

Metadata

Type
Lov
År
1984
Ikrafttrædelsesdato
7. juli 1984