Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.
BOE-A-2011-15937
Jefatura del Estado
§ Disposición transitoria única
Disposición transitoria única. Procesos en trámite.
Los procesos que estuvieren en trámite en cualquiera de sus instancias a la entrada en vigor de la presente Ley, continuarán sustanciándose hasta que recaiga sentencia en dicha instancia conforme a la legislación procesal anterior.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Título competencial.
La presente Ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución española.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Reforma del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Se modifica el número primero del apartado seis «Determinación de la cuota tributaria» del artículo 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que queda redactado en los siguientes términos:
«Seis. Determinación de la cuota tributaria.
- Será exigible la cantidad fija que, en función de cada clase de proceso, se determina en la siguiente tabla:
En el orden Jurisdiccional Civil
«Verbal
Ordinario
Monitorio en cuantía que exceda de 3.000 euros
Cambiario
Ejecución extrajudicial
Concursal
Apelación
Casación y de infracc. procesal
90 €
150 €
50 €
90 €
150 €
150 €
300 €
600 €
En el orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo
Abreviado
Ordinario
Apelación
Casación
120 €
210 €
300 €
600 €
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación oficial en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 10 de octubre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
Metadata
- Type
- Lov
- År
- 2011
- Ikrafttrædelsesdato
- 31. oktober 2011