Ley 32/1987, de 22 de diciembre, de ampliación del alcance y condiciones de la cesión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a las Comunidades Autónomas.
BOE-A-1987-28352
Jefatura del Estado
§ Disposición adicional primera
Disposición adicional primera.
Las modificaciones introducidas por la presente Ley en la Ley 30/1983, de 28 de diciembre, reguladora de la cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas, se entienden efectuadas en la Ley 41/1981, de 28 de octubre, relativa a la cesión de tributos del Estado a la Generalidad de Cataluña.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 1987. Ref. BOE-A-1987-28405.
§ Disposición adicional segunda
Disposición adicional segunda.
La ampliación del alcance y condiciones de la cesión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 1988, respecto a las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Murcia, La Rioja y Valencia.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 14, de 16 de enero de 1988. Ref. BOE-A-1988-949.
Disposición final.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 307, de 24 de diciembre de 1987. Ref. BOE-A-1987-28405.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 22 de diciembre de 1987.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ
Metadata
- Type
- Lov
- År
- 1987
- Ikrafttrædelsesdato
- 24. december 1987