Ley 3/2025, de 6 de junio, de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.
BOE-A-2025-17857
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
§ Disposición transitoria única
Disposición transitoria única. Representatividad transitoria de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.
Hasta la declaración como organizaciones profesionales agrarias más representativas en Castilla-La Mancha conforme a esta ley, mantendrán la condición de más representativas las que obtuvieron dicho reconocimiento conforme a la legislación anterior.
§ Disposición derogatoria única
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas aquellas disposiciones de igual o menor rango que se opongan a la misma.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Plazo para incoar el primer procedimiento para determinar la condición de organización profesional agraria más representativa en Castilla-La Mancha.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural acordará la incoación del primer procedimiento para la determinación de la condición de organización profesional agraria más representativas en el Castilla-La Mancha conforme a esta ley en el plazo de un mes desde la entrada en vigor la misma.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha».
Toledo, 6 de junio de 2025.–El Presidente, Emiliano García-Page Sánchez.
Metadata
- Type
- Lov
- År
- 2025
- Ikrafttrædelsesdato
- 2. juli 2025