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Ley 2/2007, de 9 de febrero, reguladora de las campañas institucionales realizadas por los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y por las restantes entidades comprendidas en el sector público autonómico canario.
BOE-A-2007-5236
SpanienLov2007
Comunidad Autónoma de Canarias
§ Disposición derogatoria única
Disposición derogatoria única.
A la entrada en vigor de la presente Ley quedará derogada la disposición adicional trigésimo novena de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.
§ Disposición final única
Disposición final única.
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».
Por lo tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Santa Cruz de Tenerife, 9 de febrero de 2007.–El Presidente, Adán Martín Menis.
Metadata
- Type
- Lov
- År
- 2007
- Ikrafttrædelsesdato
- 15. februar 2007