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Ley 1/1997, de 7 de marzo, de asimilación de jornadas a los efectos del subsidio por desempleo de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.

BOE-A-1997-5063

SpanienLov1997

Jefatura del Estado

§ Disposición final primera

Disposición final primera.

La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda.

Se faculta al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar las normas necesarias para el desarrollo de la presente Ley.

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 7 de marzo de 1997.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

Metadata

Type
Lov
År
1997
Ikrafttrædelsesdato
9. marts 1997