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Decreto-ley Foral 2/2019, de 15 de mayo, por el que se aprueban medidas en materia de personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

BOE-A-2019-8514

SpanienRegionalt lovdekret2019

Comunidad Foral de Navarra

§ Artículo 1

Artículo 1. Personal Auxiliar Administrativo. Incremento del complemento transitorio de integración en el nivel/grupo C.

Se incrementa el complemento transitorio de integración en el puesto de trabajo de Administrativo de nivel/grupo C del personal con puesto de trabajo o nombramiento de Auxiliar Administrativo, hasta alcanzar un 14,95 por ciento del sueldo inicial del nivel/grupo D.

§ Artículo 2

Artículo 2. Personal Educador Infantil. Incremento del complemento de puesto de trabajo.

Se incrementa en un 10 por ciento el complemento de puesto de trabajo del puesto de Educador Infantil, hasta alcanzar el 18,52 por ciento del sueldo inicial del nivel/grupo C.

§ Artículo 3

Artículo 3. Personal con puesto de trabajo de Servicios Generales, Peón Auxiliar de Bombero y Celador. Incremento del complemento de puesto de trabajo o del complemento específico.

  1. Se incrementa el complemento de puesto de trabajo de los puestos de Servicios Generales y Peón Auxiliar de Bombero en un 2 por ciento del sueldo inicial del nivel/grupo D.

En el caso de los puestos de trabajo de Servicios Generales incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, el incremento señalado del 2 por ciento se aplicará en el complemento específico.

  1. Se incrementa el complemento específico del puesto de trabajo de Celador en un 1,73 por ciento del sueldo inicial del nivel/grupo D.

§ Artículo 4

Artículo 4. Personal con puesto de trabajo de Encargado de Servicios Generales. Incremento del complemento de puesto de trabajo.

Se incrementa en un 5 por ciento del sueldo inicial del nivel/grupo D el complemento de puesto de trabajo asignado al puesto de Encargado de Servicios Generales.

§ Artículo 5

Artículo 5. Puesto de trabajo de Conductor, número de plaza 6169. Encuadramiento en el nivel/grupo C.

El puesto de trabajo de Conductor adscrito al Servicio de Asistencia y Gestión Administrativa del Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare con número de plaza 6169 queda encuadrado en el nivel/grupo C, pasando a percibir las siguientes retribuciones complementarias, calculadas sobre el sueldo inicial del nivel/grupo C: complemento de puesto de trabajo del 4,52 por ciento y complemento de especial riesgo del 8 por ciento.

§ Artículo 6

Artículo 6. Compensación económica por trabajo en día festivo. Incremento para los niveles C y D.

Se incrementa la cuantía de la compensación económica por trabajo en día festivo, en 0,16 euros por hora para el nivel/grupo C y en 0,33 euros por hora para el nivel/grupo D.

§ Artículo 7

Artículo 7. Compensación económica por trabajo en horario nocturno. Incremento para los niveles C y D.

Se incrementa la cuantía de la compensación económica por trabajo en horario nocturno, en 0,16 euros por hora para el nivel/grupo C y en 0,25 euros por hora para el nivel/grupo D.

§ Disposición adicional única

Disposición adicional única. Fecha de efectos de la aplicación del presente decreto-ley foral.

Los efectos de las medidas contenidas en el presente decreto-ley foral se aplicarán con carácter retroactivo a 1 de enero de 2019.

§ Disposición final primera

Disposición final primera. Habilitación para la modificación de retribuciones complementarias.

Se habilita al Gobierno de Navarra para modificar las retribuciones complementarias de los puestos de trabajo incluidos en la plantilla orgánica, de conformidad con la normativa vigente.

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda. Remisión al Parlamento de Navarra.

Este decreto-ley foral será remitido al Parlamento de Navarra a efectos de su convalidación, conforme a lo establecido en el artículo 21 bis.2 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra.

§ Disposición final tercera

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente decreto-ley foral será publicado en el «Boletín Oficial de Navarra» y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Pamplona, 15 de mayo de 2019.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos Berruezo.–La Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, María José Beaumont Aristu.

Metadata

Type
Regionalt lovdekret
År
2019
Ikrafttrædelsesdato
18. maj 2019