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Decreto-ley 9/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan, con carácter urgente, medidas para agilizar la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

BOJA-b-2021-90194

SpanienLovdekret2021

Comunidad Autónoma de Andalucía

§ Disposición transitoria única

Disposición transitoria única. Solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley.

Las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley, se regirán por la normativa vigente cuando se presentaron, computándose el plazo máximo para resolver, a partir de la fecha de entrada de dichas solicitudes en el registro de los servicios sociales comunitarios correspondientes.

§ Disposición final primera

Disposición final primera. Salvaguarda del rango de disposiciones reglamentarias.

Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en el presente decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Este decreto-ley entrará en vigor el día 1 de junio de 2021.

Sevilla, 18 de mayo de 2021.–El Presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno Bonilla.–La Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz Domínguez.

Metadata

Type
Lovdekret
År
2021
Ikrafttrædelsesdato
1. juni 2021