Decreto-ley 9/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan, con carácter urgente, medidas para agilizar la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.
BOJA-b-2021-90194
Comunidad Autónoma de Andalucía
§ Disposición transitoria única
Disposición transitoria única. Solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley.
Las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia presentadas con anterioridad a la entrada en vigor del presente decreto-ley, se regirán por la normativa vigente cuando se presentaron, computándose el plazo máximo para resolver, a partir de la fecha de entrada de dichas solicitudes en el registro de los servicios sociales comunitarios correspondientes.
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Salvaguarda del rango de disposiciones reglamentarias.
Las determinaciones incluidas en las normas reglamentarias que son objeto de modificación en el presente decreto-ley podrán ser modificadas por normas del rango reglamentario correspondiente a la norma en que figuran.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Este decreto-ley entrará en vigor el día 1 de junio de 2021.
Sevilla, 18 de mayo de 2021.–El Presidente de la Junta de Andalucía, Juan Manuel Moreno Bonilla.–La Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, Rocío Ruiz Domínguez.
Metadata
- Type
- Lovdekret
- År
- 2021
- Ikrafttrædelsesdato
- 1. juni 2021