Decreto 2519/1974, de 9 de agosto, sobre entrada en vigor, aplicación y desarrollo del Código Alimentario Español.
BOE-A-1974-1482
Presidencia del Gobierno
§ Disposición final primera
Disposición final primera.
Los productos regulados en capítulos, cuya entrada en vigor se produzca al año de la publicación de este Decreto, no resultarán afectados por los principios y condiciones generales a que se refieren las partes primera y segunda del Código, sino a partir del momento en que aquellos capítulos cobren plena vigencia.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda.
Los Ministerios de la Gobernación, Industria, Agricultura y Comercio, dentro de sus respectivas competencias, podrán conceder los plazos que consideren necesarios para agotar envases o etiquetas que, no respondiendo a las condiciones exigidas por el Código, se tengan en existencia a la publicación de este Decreto.
§ Disposición final tercera
Disposición final tercera.
Queda suprimida la Subcomisión de Expertos del Código Alimentario Español. Las referencias a la misma, contenidas en dicho Código o en otras disposiciones vigentes, se entenderán hechas a la Comisión Interministerial o a los grupos de trabajo o de estudio que se designen, de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto.
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 242, de 9 de octubre de 1974. Ref. BOE-A-1974-50127
§ Disposición final cuarta
Disposición final cuarta.
Quedan derogados:
El Decreto mil seiscientos sesenta y cuatro/mil novecientos sesenta y seis, de dieciséis de junio, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria; la Orden de nueve de enero de mil novecientos sesenta y siete, por la que se constituye la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria; el Decreto mil trescientos cuarenta y ocho/ mil novecientos sesenta y ocho, de doce de junio, por el que se amplía con un Vocal, representante del Ministerio de Asuntos Exteriores, la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria; el Decreto tres mil ciento nueve/mil novecientos sesenta y ocho, de doce da diciembre, por el que se amplía con un Vocal, representante del Instituto Nacional de Ciencia y Tecnología de los Alimentos la composición de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria; las Orden de veintitrés de mayo de mil novecientos setenta, por la que se actualiza la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. La Orden de veintinueve de marzo de mil novecientos sesenta, por la que se crea una Subcomisión de Expertos para la redacción de un Código Alimentario Español; la Orden de veinticuatro de mayo de mil novecientos sesenta, por la que se nombra la Subcomisión de Expertos para la redacción del Código Alimentario Español; la Orden de catorce de enero de mil novecientos sesenta y tres, por la que se nombra Vicepresidente de la Subcomisión de Expertos, redactora del Código Alimentario Español; la Orden de cinco de marzo de mil novecientos sesenta y tres, sobre ampliación de la Subcomisión de Expertos, redactora del Código Alimentario Español; la Orden de seis de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, por la que se nombran Vocales de la Subcomisión de Expertos para la redacción del Código Alimentaria Español; la Orden de diecisiete de enero de mil novecientos sesenta y siete, por la que se incrementa con nuevos componentes de la Subcomisión de Expertos del Código Alimentario Español; la Orden de veintiocho de febrero de mil novecientos setenta y tres, por la que se nombra Vocal de la Subcomisión de Expertos para la redacción del Código Alimentario Español. El artículo segundo del Decreto dos mil cuatrocientos ochenta y cuatro/mil novecientos sesenta y siete, de veintiuno de septiembre, así como cualquier otra disposición, en cuanto se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a nueve de agosto de mil novecientos setenta y cuatro.
JUAN CARLOS DE BORBÓN
PRÍNCIPE DE ESPAÑA
El Ministro de la Presidencia del Gobierno,
ANTONIO CARRO MARTÍNEZ
Metadata
- Type
- Dekret
- År
- 1974
- Ikrafttrædelsesdato
- 3. oktober 1974