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Circular 4/2012, de 25 de abril, del Banco de España, sobre normas para la comunicación por los residentes en España de las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior.
BOE-A-2012-5920
SpanienCirkulære2012
Banco de España
§ Disposición final primera
Disposición final primera. Derogación de normas.
Quedarán derogadas, con fecha 1 de enero de 2014, las circulares 6/2000, de 31 de octubre, y 3/2006, de 28 de julio, así como el apartado 4 de la norma primera, el apartado 2 de la norma segunda, el apartado 2 de la norma tercera y los cuadros 2 A y 2 B del anejo de la Circular 2/2001, de 18 de julio.
§ Disposición final segunda
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente Circular entrará en vigor el 1 de enero de 2013.
Madrid, 25 de abril de 2012.–El Gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordóñez.
Metadata
- Type
- Cirkulære
- År
- 2012
- Ikrafttrædelsesdato
- 1. januar 2013