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Circular 1/2024, de 26 de enero, del Banco de España, a bancos, cooperativas de crédito y otras entidades supervisadas, relativa a la información sobre la estructura de capital y por la que se modifica la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas.

BOE-A-2024-1867

SpanienCirkulære2024

Banco de España

§ Disposición transitoria única

Disposición transitoria única. Régimen transitorio.

La información correspondiente al anejo II se remitirá por primera vez para los datos relativos al 31 de marzo de 2024 para la información trimestral y al 30 de junio de 2024 para la información semestral. Hasta entonces, las entidades seguirán remitiendo la información correspondiente al anejo II de la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España, siguiendo las indicaciones de esta.

§ Disposición derogatoria única

Disposición derogatoria única. Derogación parcial de la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España.

Mediante la presente circular se derogan los capítulos I y III, así como los anejos I, II, III y V, de la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España.

§ Disposición final primera

Disposición final primera. Modificación de la norma sexta de la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España.

La norma sexta, «Presentación de la información en el Banco de España», de la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, del Banco de España queda redactada en los siguientes términos:

«1. La presentación al Banco de España de la información a la que se refiere la norma tercera de esta circular deberá hacerse mediante transmisión telemática, de conformidad con las especificaciones técnicas que se comuniquen al efecto. Excepcionalmente, y solo por causas debidamente justificadas, el Departamento de Información Financiera y CIR podrá autorizar la presentación de la información en papel.

  1. El Banco de España podrá elaborar aplicaciones técnicas para facilitar la confección de la información que se le deba remitir.»

§ Disposición final segunda

Disposición final segunda. Entrada en vigor de esta circular.

Esta circular entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de enero de 2024.–El Gobernador del Banco de España, Pablo Luis Hernández de Cos.

ANEJO I

Metadata

Type
Cirkulære
År
2024
Ikrafttrædelsesdato
21. februar 2024
Circular 1/2024, de 26 de enero, del Banco de España, a bancos, cooperativas de crédito y otras entidades supervisadas, relativa a la información sobre la estructura de capital y por la que se modifica la Circular 1/2009, de 18 de diciembre, a entidades de crédito y otras supervisadas, en relación con la información sobre la estructura de capital y cuotas participativas de las entidades de crédito, y sobre sus oficinas. | TheLawyer.sh